sábado, 17 de mayo de 2014

APRENDE MAS SOBRE LOS COMPROBANTES FISCALES (NCF)



¿Qué son los Comprobantes Fiscales?
Son documentos que acreditan la transferencia de bienes, la entrega en uso, o la prestación de servicios, debiendo éstos cumplir con los requisitos mínimos establecidos por el reglamento para la regulación de la impresión, emisión y entrega de comprobantes fiscales.
   Codigos           Tipos de comprobantes de uso común 
                          
      01                Facturas que generan crédito fiscal y/o sustentan costos y gastos.
      02                Facturas a consumidores finales (sin valor de crédito fiscal)
      03                Notas de débito
      04                Notas de crédito


                         Tipos de comprobantes especiales

      11               Registro de proveedores i formales.
      12               Registro único de ingresos.
      13               Registro de gastos menores.
      14               Registro regímenes especiales de tributación.
      15              Comprobantes gubernamentales.

A continuacion una breve explicacion de cada factor de la estructura que conforman los NCF, partiendo de un ejemplo:



La serie identificada con una letra permite reconocer si el NCF fue solicitado por los contribuyentes o impreso por la Dgii.  Las letras de la A - J  corresponden a comprobantes solicitados por los contribuyentes y de la P - U a secuencias internas de la Dgii para formularios provisionales de ventas en las administraciones locales.






Información que debe reportar el contribuyente

  1. Costos y gastos para la declaracion jurada de impuestos sobre la renta (606)
  2. Adelantos para credito de ITBIS (606)
  3. Retenciones de ITBIS de terceros (606)
  4. Ventas y/o ingresos (607)
  5. Comprobantes anulados (608)
  6. Retenciones del Estado (623)  

Estos formatos  (606 y 607)  deben ser enviados los dias 15 de cada mes porque son los que sustentaran la declaración jurada de ITBIS que se realiza a mas tardar los dias20 de cada mes.

martes, 13 de mayo de 2014

FORMATOS DE ENVÍO DE DATOS



¿Qué son los Formatos de Envío de Datos?

Dentro de las obligaciones de los contribuyentes se encuentra el reporte a la DGII de informaciones  sobre sus operaciones en fechas específicas.

Para facilitar esta tarea la DGII ha creado los formatos de Envío de Datos, los cuales son plantillas en Excel que pueden ser descargadas a través de la página web www.dgii.gov.do, para ser enviadas por la Oficina Virtual.

Dependiendo del tipo de información, existen diferentes formatos para ser remitidos a la DGII.

Formato de Compras de Bienes y Servicios (606)
Formato de Ventas de Bienes y Servicios (607)
Formato de Envío de Comprobantes Anulados (608)
Formato de Envío de Pagos al Exterior (609)
Formato de Envío retenciones del Estado  (623)



¿Qué informaciones registrar en los Formatos de Envío de Datos?

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII), establece mediante la Norma General 01-07, como un deber formal de los contribuyentes reportar a través de la Oficina Virtual (OFV) las informaciones de las operaciones que sustentan:


  • ·         Costos y gastos para fines del Impuesto sobre la Renta (ISR)
  • ·         Adelantos utilizados como créditos para fines del Impuesto a las Transferencias de Bienes
  • ·         Industrializados y Servicios (ITBIS)
  • ·         Retenciones del ITBIS realizadas a terceros
  • ·         Comprobantes Anulados
  • ·         Las informaciones sobre las ventas y operaciones efectuadas sobre las ventas
  • ·         Pagos por servicios al exterior


¿Quiénes deben reportar estas informaciones?

En sentido general estas informaciones deberán ser reportadas por:

Todos los contribuyentes declarantes del Impuesto sobre la Renta (ISR)

Los contribuyentes declarantes del Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS)



¿Cuándo se envían estas informaciones?

Estas informaciones deben ser enviadas atendiendo a la siguiente clasificación






Clasificación de Costos y Gastos para reporte de datos 

La DGII ha establecido una clasificación de Costos y Gastos a los cuales les ha designado códigos para identificar estas partidas en los formatos de envío de datos.








Penalidades en que incurren los contribuyentes al no enviar los Formatos de Envío de Datos
  
La no presentación de los reportes, la presentación de los mismos fuera de las fechas establecidas,
estarán sujetas a una sanción equivalente al cero punto veinticinco por ciento (0.25) de los ingresos
declarados en el periodo fiscal anterior, atendiendo a lo establecido por la ley 495-06 de Rectificación  Tributaria.


Nota:
La presentación de los reportes antes mencionados será considerada como parte integral de las declaraciones del Impuesto Sobre la Renta y el ITBIS