¿Qué son los Formatos de Envío de Datos?
Dentro de las obligaciones de los contribuyentes se encuentra el reporte
a la DGII de informaciones sobre sus
operaciones en fechas específicas.
Para facilitar esta tarea la DGII ha creado los formatos de Envío de
Datos, los cuales son plantillas en Excel que pueden ser descargadas a través
de la página web www.dgii.gov.do, para ser enviadas por la Oficina Virtual.
Dependiendo
del tipo de información, existen diferentes formatos para ser remitidos a la
DGII.
Formato de
Compras de Bienes y Servicios (606)
Formato de
Ventas de Bienes y Servicios (607)
Formato de
Envío de Comprobantes Anulados (608)
Formato de
Envío de Pagos al Exterior (609)
Formato de
Envío retenciones del Estado (623)
¿Qué informaciones registrar en los Formatos de
Envío de Datos?
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII), establece mediante la
Norma General 01-07, como un deber formal de los contribuyentes reportar a
través de la Oficina Virtual (OFV) las informaciones de las operaciones que
sustentan:
- · Costos y gastos para fines del Impuesto sobre la Renta (ISR)
- · Adelantos utilizados como créditos para fines del Impuesto a las Transferencias de Bienes
- · Industrializados y Servicios (ITBIS)
- · Retenciones del ITBIS realizadas a terceros
- · Comprobantes Anulados
- · Las informaciones sobre las ventas y operaciones efectuadas sobre las ventas
- · Pagos por servicios al exterior
¿Quiénes deben reportar estas informaciones?
En sentido general estas informaciones deberán ser reportadas por:
Todos los contribuyentes declarantes del Impuesto sobre la Renta (ISR)
Los contribuyentes declarantes del Impuesto sobre Transferencias de
Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS)
¿Cuándo se envían estas informaciones?
Estas
informaciones deben ser enviadas atendiendo a la siguiente clasificación
Clasificación de
Costos y Gastos para reporte de datos
La DGII ha establecido una clasificación de Costos y Gastos
a los cuales les ha designado códigos para identificar estas partidas en los
formatos de envío de datos.
Penalidades en que incurren los contribuyentes al
no enviar los Formatos de Envío de Datos
La no
presentación de los reportes, la presentación de los mismos fuera de las fechas
establecidas,
estarán sujetas a una sanción equivalente al cero punto veinticinco por
ciento (0.25) de los ingresos
declarados
en el periodo fiscal anterior, atendiendo a lo establecido por la ley 495-06 de
Rectificación Tributaria.
Nota:
La presentación de los reportes antes mencionados será considerada como
parte integral de las declaraciones del Impuesto Sobre la Renta y el ITBIS
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